La reforma de salud concibe la prestación de servicios de atención a las personas bajo la responsabilidad del Servicio Nacional de Salud (SNS) y los Servicios Regionales de Salud (SRS). Estos estarán obligados a proveer todas las atenciones contenidas en el Reglamento de provisión de las Redes de los Servicios Públicos de Salud, incluyendo servicios diagnósticos y atención a beneficiarios de los Programas de Control de Enfermedades (PCE) o de Salud Colectiva.
En la Disposición Ministerial 000019-2010, el Ministerio de Salud Pública (MSP) ordenó la creación del Sistema Único de Gestión de Medicamentos e Insumos (SUGEMI) y su implementación en la red pública de servicios, como el conjunto de procesos y recursos del sistema de salud orientados a garantizar la disponibilidad y uso racional de medicamentos e insumos de calidad en los establecimientos de salud.
Desde el 2012, los medicamentos e insumos de dos programas (VIH y primera línea de tuberculosis) fueron integrados y transferidos a los SRS, bajo los procedimientos establecidos en el SUGEMI. Cumpliendo con la separación de funciones establecida por la reforma sectorial, donde las direcciones provinciales y áreas de salud (DPS/DAS) monitorean y supervisan el abastecimiento y acceso de la población a estos productos. El paso siguiente previsto por el MSP es completar la integración al SUGEMI del suministro de medicamentos e insumos de los PCE que aún no se han transferido a los SRS.
Esta guía contiene los procedimientos administrativos, documentos y materiales requeridos en cada fase para completar la integración de forma organizada.